Resolución BCP 43/2015: el reglamento que detalla cada operación

Más allá de la Ley 5476, el BCP publicó un reglamento con reglas finas: qué imprimir en el resumen, hasta el tamaño de letra. Te resumimos lo esencial.

Contenido educativo. No constituye asesoría financiera personalizada.

La Ley 5476/15 es el marco general, pero la implementación práctica se rige por la Resolución BCP N° 43/2015 — Acta N° 95 del 30 de diciembre de 2015, conocida como "Reglamento para la Emisión, Operación y Administración de Tarjetas de Crédito y Débito".

Es un documento técnico que detalla decenas de obligaciones de los emisores. Acá las más importantes para vos.

1. Qué debe contener tu resumen mensual

El artículo 17 del reglamento enumera la información mínima obligatoria:

  • Nombre del cliente y número de tarjeta.
  • Tasa de interés aplicada (en términos anuales).
  • Deuda total y deuda en mora si la hubiere.
  • Pago mínimo y pago total claramente diferenciados.
  • Fecha de cierre y fecha de vencimiento.
  • Detalle de todas las operaciones del período.
  • Cargos por mantenimiento, seguros y comisiones.
  • Recordatorio de tus derechos clave (cancelación, impugnación).

2. Tamaño de letra obligatorio

El BCP fue al detalle: nombre, número de tarjeta, tasa de interés y deuda total deben imprimirse en letra de al menos 2,5 mm. El resto, en al menos 2 mm. El objetivo: que cualquiera pueda leer su resumen sin esfuerzo.

Si tu resumen tiene letra microscópica y no podés leer los datos clave, ya hay una infracción al reglamento. Podés reclamar al BCP.

3. Plazo para impugnar operaciones

El reglamento establece que el usuario tiene 30 días corridos desde la fecha del resumen para impugnar operaciones que no reconozca. El emisor está obligado a:

  • Recibir el reclamo y darte un número de gestión.
  • Investigar la operación.
  • Suspender el cobro mientras dura la investigación, si corresponde.
  • Responderte por escrito con el resultado.

4. Aprobación de tarifas y cargos

Cualquier penalidad o cargo que el emisor quiera aplicar a sus tarjetahabientes debe estar aprobada previamente por el BCP. Si te cobran un cargo que no está en esa lista aprobada, podés exigir la devolución y, conforme a la Ley 5476/15, el emisor debe restituirte el quíntuplo del valor cobrado más intereses.

5. Modificaciones contractuales

El reglamento ratifica el plazo de 45 días de la ley para avisar cualquier cambio. Pero agrega que el aviso debe ser:

  • Por escrito (no solo en la app).
  • Claro y comprensible, no enterrado en letra chica.
  • Con la opción explícita de rescindir el contrato sin penalidad si no aceptás los cambios.

Si querés leer la resolución completa

Está publicada en bcp.gov.py bajo "Marco Legal". Es un documento largo pero útil si querés conocer al detalle tus derechos. Modificaciones posteriores aclararon puntos sobre tamaño de letra y derogaron algunas disposiciones puntuales (numeral 17.4), pero el grueso del reglamento sigue vigente.

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