Tasa de usura en Paraguay: el tope legal de intereses que tu banco puede cobrarte

El BCP publica cada mes la tasa máxima legal para tarjetas de crédito. Si tu banco te cobra más, es ilegal. Te explicamos cómo funciona.

Contenido educativo. No constituye asesoría financiera personalizada.

Una de las dudas más comunes de los usuarios de tarjeta de crédito en Paraguay es: "¿cuánto me puede cobrar legalmente el banco?". La respuesta está en la combinación de la Ley 5476/15 y las publicaciones mensuales del Banco Central del Paraguay (BCP).

Qué dice la ley

El artículo 9 de la Ley 5476/15 establece que el interés que el emisor puede cobrarte por el uso de tu tarjeta de crédito no puede exceder el triple del promedio de las tasas pasivas promedio vigentes en el mercado.

Las "tasas pasivas" son las que los bancos pagan a los ahorristas por depósitos. El BCP las calcula y promedia cada mes. Tres veces ese promedio es el tope legal — todo lo que esté por encima es usura.

Cuánto es ese tope hoy

Tope en enero de 2026: 19,15% anual en guaraníes para tarjetas de crédito (publicado por el BCP).

El número cambia mes a mes. El BCP lo publica en los últimos días de cada mes para el mes siguiente, en su portal oficial (bcp.gov.py). Hay un tope distinto para guaraníes y para dólares.

Antes de la ley

Antes de la entrada en vigor de la Ley 5476 (septiembre de 2015), las financieras usaban como referencia la "tasa usuraria" del Código Civil, fijada por el BCP en alrededor del 50%. La nueva ley redujo drásticamente ese techo y obligó al sistema a competir más por las tasas de tarjetas.

Cómo verificar qué tasa te están cobrando

En tu resumen mensual obligatoriamente tiene que figurar la tasa de interés aplicada. La Resolución BCP 43/2015 incluso establece que ese dato debe imprimirse en un tamaño de letra de al menos 2,5 milímetros, junto con tu nombre, número de tarjeta y deuda total — son los cuatro datos "destacables" del extracto.

Si ves una tasa por encima del tope mensual del BCP, es ilegal y podés:

  • Reclamar directamente al banco con copia del resumen.
  • Denunciar ante SEDECO (WhatsApp 0962 127 110).
  • Si es un banco o financiera, también ante el BCP.

Sanciones para el emisor

La ley es contundente: si te cobran de más en cargos no aprobados por el BCP, el emisor debe restituirte el quíntuplo del monto indebidamente cobrado más los intereses que generaron. Es una sanción fuerte que está pensada para desalentar abusos.

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